negarse a realizar la prueba de alcoholemia

Para prevenir la siniestralidad y velar por la seguridad en las carreteras, en los últimos años se han intensificado los controles de alcoholemia; aunque, como siempre, hay personas dispuestas a cuestionar las normas y deciden negarse a realizar la prueba de alcoholemia.

A pesar de que el consumo de bebidas alcohólicas está ampliamente aceptado, al combinarlas con la conducción, se están adoptando conductas de riesgo que suponen un peligro para la seguridad en carretera y los demás conductores, llegando a causar accidentes de tráfico, atropellos a peatones, salidas de vía, entre otros siniestros.

Según datos de la Memoria 2021 de Hallazgos Toxicológicos en Víctimas de Accidente de Tráfico de la DGT sobre el uso de alcohol y drogas al volante, cuatro de cada cinco fallecidos por accidente en 2021 se encontraba bajo los efectos del alcohol, el abuso de drogas y/o psicofármacos de forma aislada o combinados. 

En palabras del director de la DGT Pere Navarro: “en España hay un problema con el alcohol que va más allá de la seguridad vial”. Y es que los datos hablan por sí solos: existe un claro abuso en el consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes por parte de los conductores y acompañantes. 

En este artículo, vamos a tratar cuáles son las consecuencias de negarse a realizar la prueba de alcoholemia y a qué multas y penas se pueden incurrir.

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¿En qué consiste la prueba de alcoholemia?

El test de alcoholemia consiste en verificar si el conductor ha consumido bebidas alcohólicas y por lo tanto conduce bajo los efectos del alcohol o drogas

Por ello, se realiza una medición del aire espirado mediante un alcoholímetro oficial y autorizado. Una vez hecha la primera toma, se realiza una segunda medición en caso de que la primera exceda al máximo permitido por la ley, se trate de un conductor profesional o novel y el resultado sea superior al límite, o cuando la persona presente claros síntomas de embriaguez a pesar de no superar los valores máximos establecidos.

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Es posible que a petición de las autoridades judiciales se pida un análisis de sangre, orina, u otras pruebas complementarias.

Ten en cuenta que la Ley de Tráfico y Seguridad Vial actual establece que una tasa superior a 0,25 mg/l de aire espirado y 0,5 g/l en sangre, en el caso de los conductores profesionales, noveles y ciclistas 0,15 mg/l y 0,3 g/l en sangre, es motivo de 1.000 € de sanción y la retirada de seis puntos del carnet. Si se supera los 0,60 mg/l, es tipificado como delito contra la seguridad vial de acuerdo con el Artículo 379 del Código Penal, comportando penas de tres a seis meses de cárcel y la retirada del carnet de conducir de 1 a 4 años.

¿Quién puede ser requerido a hacer un test de alcoholemia?

De acuerdo con los artículos 21 y 28 del Reglamento General de Circulación, tanto conductores, peatones como ciclistas pueden ser requeridos a realizar un test de alcoholemia por un agente de la autoridad siempre y cuando:

  • Se realiza un control preventivo de alcoholemia en la zona.
  • Un peatón o un conductor está involucrado en un accidente de tráfico.
  • Se ha denunciado a un conductor por una infracción de tráfico y existen sospechas de que esté bajo los efectos del alcohol.
  • El conductor presenta síntomas evidentes de embriaguez y conduce bajo los efectos del alcohol.

¿Es una opción negarse a realizar la prueba de alcoholemia?

Negarse a realizar la prueba de alcoholemia se clasifica como delito de desobediencia, además del agravante de conducir bajo el efecto de bebidas alcohólicas. Ambos delitos están recogidos en el artículo 383 del Código Penal: 

“El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.”

Como ves, negarse a hacer la prueba de alcoholemia no es una buena idea, ya que se estará incurriendo en un delito contra la seguridad vial, el cual está castigado por la ley.

Además, si el conductor presenta síntomas evidentes de embriaguez la autoridad competente denunciará tanto por el delito de negativa a someterse a las pruebas de impregnación alcohólica y al delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

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