Casos de éxito

Sentencia Estimativa de 8.802,50€ en Juicio por Cervicalgia Tras Rechazo de Indemnización en Barcelona . grupo reclama
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Sentencia estimatoria de 8.802,50€ por cervicalgia tras rechazo de indemnización en Barcelona

El cliente

El cliente, de 46 años, sufrió un accidente de tráfico cuando, al aproximarse a una rotonda, disminuyó la velocidad de su vehículo respetando la señal de ceda el paso que le afectaba. En ese mismo momento y lugar, un camión que circulaba por la misma vía y en el mismo sentido colisionó por alcance el vehículo del cliente, golpeando en su parte trasera y causando una lesión que a día de hoy resulta muy controvertida, el famoso latigazo cervical.

Atención médica y tratamiento

El cliente fue atendido por los Servicios de Emergencias Médicas (SEM) y fue trasladado al hospital más cercano. Tras su exploración física y diagnóstico de latigazo cervical, fue derivado a traumatología y recibió tratamiento rehabilitador. Además, a consecuencia de sus dolores, causó baja laboral al trabajar como mozo de almacén y tener limitada la movilidad cervical.

Evaluación y tratamiento médico

Estuvo un total de 96 días de tratamiento médico, realizando 35 sesiones de rehabilitación. Al finalizar el tratamiento, fue examinado por el traumatólogo quien emitió un informe de alta médica dejando reflejado que el lesionado alcanzaba la estabilización con secuelas de dolor al persistir contractura cervical y seguir la movilidad limitada. Todo el periodo de tratamiento coincidió con el de baja laboral.

Reclamación y defensa legal

Se calculó el importe de la indemnización a través de un informe médico pericial que concluía que el cliente alcanzó la estabilización lesional a los 96 días, persistiendo secuela por algias postraumáticas de columna cervical que valoró en 3 puntos. Se reclamaron 8.802,50€ de manera extrajudicial.

La compañía aseguradora contestó a nuestra reclamación rehusando la misma y defendiendo que el accidente sufrido por el cliente no podía haber causado las lesiones reclamadas por tratarse de un impacto de baja intensidad y haber causado muy pocos daños en los vehículos.

Ante esta situación, los abogados de Grupo Reclama interpusieron una demanda judicial reclamando la indemnización a través del Juzgado. La compañía aseguradora se opuso a la demanda y se señaló fecha para Juicio.

En el juicio se defendió que la intensidad del accidente no puede descartar por sí misma la aparición de lesiones y que no existe ningún estudio de rigor científico que descarte la aparición de lesiones en accidentes de baja intensidad. También se defendió que las lesiones habían sido diagnosticadas en base a pruebas complementarias, dado que se realizó una radiografía que recogía una rectificación de la lordosis cervical y que el cliente nunca había tenido ningún problema cervical previo.

Se aportaron todas las pruebas médicas y el perito defendió la realidad de las lesiones y de las secuelas que pudo observar tras su exploración física y que quedaba justificada con la documentación médica del lesionado.

Por su parte, la compañía aseguradora aportó un informe biomecánico que determinaba la velocidad a la que se había producido el golpe y un informe pericial médico que concluía que a esa velocidad era imposible que nuestro cliente hubiese sufrido las lesiones que se estaban reclamando.

Tras la celebración del Juicio, el Juzgado de Barcelona emitió Sentencia, dando la razón al cliente y a los abogados de Grupo Reclama, condenando a la compañía aseguradora a pagar los 8.802,50€ más los intereses de demora y las costas judiciales.

Reflexiones sobre el proceso legal

Es importante tener en cuenta en este tipo de procedimientos que las compañías aseguradoras por defecto rehúsan gran cantidad de reclamaciones. Obligando a los lesionados a recurrir a un procedimiento judicial, dilatando en el tiempo el procedimiento y empujando a muchos a desistir de continuar con la reclamación. De esa manera, se ahorran cantidades económicas importantes.

No obstante, la Jurisprudencia viene recogiendo de antiguo que en este tipo de casos no se puede descartar de forma automática toda lesión que derive de un impacto de baja intensidad, dado que no podemos hablar de lesiones sino de lesionados. Cada persona responde a un accidente de manera diferente, por lo que debe ser valorado el caso concreto.

Sentencia Estimativa de 8.802,50€ en Juicio por Cervicalgia Tras Rechazo de Indemnización en Barcelona . grupo reclama

Caso de éxito 56.152,77€ en Gavà (Barcelona) - Grupo reclama
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Sentencia estimatoria de indemnización 56.152,77€ por caída en centro de belleza en Gavá, Barcelona

La clienta, de casi 90 años de edad, sufrió una caída en el centro de belleza donde se estaba sometiendo a un corte de pelo. Cuando se dispuso a salir del establecimiento, cayó en la rampa de acceso dado que la misma no disponía de pasamanos. Según el CTE (Código Técnico de la Edificación) toda rampa con un desnivel de más del 5% debe contar con un pasamanos.

Se interpuso demanda frente a la compañía de seguros del establecimiento a través de lo establecido en el artículo 1092 del Código Civil, en relación a la culpa extracontractual y en base a la aplicación de la llamada “teoria del riesgo”. La clienta, tenía plena autonomía de movimiento antes de la caída. Si bien es cierto que por su edad, la agilidad no era la misma que la de una persona joven, la clienta era completamente autónoma para desplazarse, subir y bajar escaleras y para realizar todas sus ocupaciones habituales.

La caída, le provocó una fractura de cadera que obligó a ser intervenida y se le aplicó una prótesis completa de cadera. Este hecho generó que la clienta perdiese parte importante de su autonomía y se viera limitada para muchas ocupaciones que anteriormente sí podía realizar.

La parte demandada, la compañía aseguradora del establecimiento público, defendió que la caída había sido provocada a consecuencia de la responsabilidad de la víctima, lo que significa que defendían que la clienta se cayó sola a consecuencia de su avanzada edad.

La realidad es que los testigos presenciales observaron como la clienta intentó agarrarse a la barandilla al bajar por la rampa pero al no haber pasamanos, cayó.

Impacto de una caída en la autonomía de una cliente: Caso de fractura de cadera

El día del juicio, se aportaron todas las pruebas, se practicaron las testificales tanto de peritos como de testigos presenciales y se siguió defendiendo que la clienta había caído en la rampa de acceso al establecimiento público por una ausencia de medidas de seguridad -no incorporar pasamanos en la rampa de acceso-. Se defendió una infracción del CTE por parte del establecimiento público y que la caída había provocado las lesiones que se reclamaban consistentes en agravación de artrosis postraumática, inclusión de material de osteosíntesis, prótesis de cadera, perjuicio estético dinámico al provocar una cojera de por vida y otros perjuicios estéticos derivados de las intervenciones además del tiempo que la clienta tardó en estabilizar las lesiones. Además, se reclamó un perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, que responde a la compensación que se le otorga a la víctima de un accidente cuando las lesiones le han causado unas limitaciones que provocan que no pueda llevar a cabo las mismas actividades que realizaba antes del accidente.

Finalmente, la sentencia dictada por el Tribunal, nos dio la razón y estimó todas nuestras pretensiones, obligando a la compañía aseguradora del establecimiento a pagar por las lesiones además de las costas judiciales y los intereses de demora.

Grupo Reclama 

Recuerda que, al igual que en el caso de la cliente afectada por la caída, la responsabilidad y la acción son fundamentales para proteger nuestros derechos y bienestar en situaciones adversas. Si has sufrido un incidente similar y necesitas ayuda para buscar una compensación por tu caída, no dudes en ponerte en contacto con Grupo Reclama. Estamos aquí para brindarte el apoyo necesario en situaciones legales y luchar por tus derechos.

 

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