Sentencia Estimativa de 8.802,50€ en Juicio por Cervicalgia Tras Rechazo de Indemnización en Barcelona . grupo reclama

El cliente

El cliente, de 46 años, sufrió un accidente de tráfico cuando, al aproximarse a una rotonda, disminuyó la velocidad de su vehículo respetando la señal de ceda el paso que le afectaba. En ese mismo momento y lugar, un camión que circulaba por la misma vía y en el mismo sentido colisionó por alcance el vehículo del cliente, golpeando en su parte trasera y causando una lesión que a día de hoy resulta muy controvertida, el famoso latigazo cervical.

Atención médica y tratamiento

El cliente fue atendido por los Servicios de Emergencias Médicas (SEM) y fue trasladado al hospital más cercano. Tras su exploración física y diagnóstico de latigazo cervical, fue derivado a traumatología y recibió tratamiento rehabilitador. Además, a consecuencia de sus dolores, causó baja laboral al trabajar como mozo de almacén y tener limitada la movilidad cervical.

Evaluación y tratamiento médico

Estuvo un total de 96 días de tratamiento médico, realizando 35 sesiones de rehabilitación. Al finalizar el tratamiento, fue examinado por el traumatólogo quien emitió un informe de alta médica dejando reflejado que el lesionado alcanzaba la estabilización con secuelas de dolor al persistir contractura cervical y seguir la movilidad limitada. Todo el periodo de tratamiento coincidió con el de baja laboral.

Reclamación y defensa legal

Se calculó el importe de la indemnización a través de un informe médico pericial que concluía que el cliente alcanzó la estabilización lesional a los 96 días, persistiendo secuela por algias postraumáticas de columna cervical que valoró en 3 puntos. Se reclamaron 8.802,50€ de manera extrajudicial.

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La compañía aseguradora contestó a nuestra reclamación rehusando la misma y defendiendo que el accidente sufrido por el cliente no podía haber causado las lesiones reclamadas por tratarse de un impacto de baja intensidad y haber causado muy pocos daños en los vehículos.

Ante esta situación, los abogados de Grupo Reclama interpusieron una demanda judicial reclamando la indemnización a través del Juzgado. La compañía aseguradora se opuso a la demanda y se señaló fecha para Juicio.

En el juicio se defendió que la intensidad del accidente no puede descartar por sí misma la aparición de lesiones y que no existe ningún estudio de rigor científico que descarte la aparición de lesiones en accidentes de baja intensidad. También se defendió que las lesiones habían sido diagnosticadas en base a pruebas complementarias, dado que se realizó una radiografía que recogía una rectificación de la lordosis cervical y que el cliente nunca había tenido ningún problema cervical previo.

Se aportaron todas las pruebas médicas y el perito defendió la realidad de las lesiones y de las secuelas que pudo observar tras su exploración física y que quedaba justificada con la documentación médica del lesionado.

Por su parte, la compañía aseguradora aportó un informe biomecánico que determinaba la velocidad a la que se había producido el golpe y un informe pericial médico que concluía que a esa velocidad era imposible que nuestro cliente hubiese sufrido las lesiones que se estaban reclamando.

Tras la celebración del Juicio, el Juzgado de Barcelona emitió Sentencia, dando la razón al cliente y a los abogados de Grupo Reclama, condenando a la compañía aseguradora a pagar los 8.802,50€ más los intereses de demora y las costas judiciales.

Reflexiones sobre el proceso legal

Es importante tener en cuenta en este tipo de procedimientos que las compañías aseguradoras por defecto rehúsan gran cantidad de reclamaciones. Obligando a los lesionados a recurrir a un procedimiento judicial, dilatando en el tiempo el procedimiento y empujando a muchos a desistir de continuar con la reclamación. De esa manera, se ahorran cantidades económicas importantes.

No obstante, la Jurisprudencia viene recogiendo de antiguo que en este tipo de casos no se puede descartar de forma automática toda lesión que derive de un impacto de baja intensidad, dado que no podemos hablar de lesiones sino de lesionados. Cada persona responde a un accidente de manera diferente, por lo que debe ser valorado el caso concreto.

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