Delitos contra la seguridad vial - Grupo Reclama

 

 

Los delitos contra la seguridad vial son un conjunto de conductas delictivas que han ido aumentando y agravándose con el tiempo pero, ¿qué son exactamente los delitos contra la seguridad vial? ¿qué penas acarrean? A continuación entramos en detalle en este tipo de conductas ilícitas. 

 

¿Qué son los delitos contra la seguridad vial?

 

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Los delitos contra la seguridad vial son acciones ilícitas que atentan contra la vida propia y la de terceros en el contexto del tráfico y la conducción de vehículos. 

 

Estos delitos incluyen conductas como el exceso de velocidad, la conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, la conducción temeraria, la conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás, el abandono del lugar del accidente, la negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o drogas y conducir un vehículo sin tener la licencia vigente.

 

El Código Penal español contempla estos delitos en el Capítulo IV del Título XVII, en los artículos 379 a 385 ter. Las penas por estos delitos pueden incluir multas, pérdida de puntos en el carnet de conducir y penas de prisión, dependiendo de la gravedad de la conducta ilícita. El bien jurídico protegido en los delitos contra la seguridad vial es el colectivo o social, que engloba la seguridad en la vía pública, y por extensión, la vida, la integridad y la salud de las personas.

 

Es importante destacar que la nueva Ley de Tráfico introduce algunas novedades en materia de delitos contra la seguridad vial, como el aumento del castigo por conducir con el teléfono móvil en la mano.

 

¿Qué condiciones deben cumplirse para que exista un delito contra la seguridad vial?

 

Para considerar un delito contra la seguridad vial, se deben cumplir ciertos requisitos establecidos en el artículo 380 del Código Penal. Estos requisitos establecen que el presunto culpable debe conducir un vehículo a motor o un ciclomotor de manera temeraria, poniendo en peligro la vida e integridad de las personas.

El artículo 380 del Código Penal establece las siguientes condiciones: “Será castigado con penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años, aquel que conduzca un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta, poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas”.

A efectos de este precepto, se considerará manifiestamente temeraria la conducción que cumpla con las circunstancias previstas en el apartado primero y en el apartado segundo del artículo anterior.

 

Delitos contra la seguridad vial más comunes 

 

Algunos de los delitos contra la seguridad vial más comunes son: 

 

Exceso de velocidad 

 

Este tipo de delito contra la seguridad vial se produce cuando un conductor maneja un vehículo a motor o ciclomotor superando los límites de velocidad establecidos legalmente en las vías urbanas o interurbanas. 

 

Esta acción, que inicialmente es considerada como una infracción administrativa, puede transformarse en un delito si los excesos sobrepasan ciertos márgenes establecidos por la ley.

 

El Código Penal, específicamente en el artículo 379, engloba el delito de conducción por exceso de velocidad dentro de los delitos contra la seguridad vial. La conducta típica que se considera delictiva es aquella en la cual el conductor maneja un vehículo a motor o ciclomotor a una velocidad que supere en 60 km/h la permitida en vías urbanas o en 80 km/h la permitida en vías interurbanas.

 

Las penas asociadas a este delito son:

  • Prisión de 3 a 6 meses.
  • Multa de 6 a 12 meses.
  • Pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Además, siempre se procederá a la retirada del permiso de circulación de vehículos a motor o ciclomotores por un período de 1 a 4 años.

 

Este delito es considerado de peligro abstracto, lo que significa que no es necesario que ocurra un daño concreto a personas o bienes para que se configure el delito. Basta con acreditar el exceso de velocidad para que se considere cometido.

 

Conducción temeraria 

 

El delito de conducción temeraria consiste en conducir un vehículo a motor o un ciclomotor poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas.

 

 Para que se considere temeraria, la conducción debe cumplir ciertas circunstancias específicas. Conducir a una velocidad que supere en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora la permitida reglamentariamente, o conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas, superando ciertos límites de tasa de alcohol en aire espirado o en sangre.

 

Las penas por este delito incluyen prisión de 6 meses a 2 años y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. Por un tiempo de uno a seis años. Además, existe una forma agravada del delito cuando se conduce con manifiesto desprecio por la vida de los demás. Ejemplo de ello es conducir de manera extremadamente peligrosa y poner en riesgo la vida de otras personas. En este caso, las penas son más graves. Pena de prisión de 2 a 5 años, multa de 12 a 24 meses y privación del derecho a conducir vehículos por entre 6 y 10 años.

 

También hay una forma atenuada del delito de conducción temeraria. Cuando no se pone en peligro la vida o la integridad de las personas, pero se realiza una conducción temeraria. En este caso, las penas son de prisión de 1 a 2 años, multa de 6 a 12 meses y privación del derecho a conducir vehículos por entre 6 y 10 años.

 

Es importante destacar que el delito de conducción temeraria puede ser independiente o puede concurrir con otros delitos, como lesiones o homicidio imprudente, dependiendo de los resultados de la conducción temeraria. En estos casos, se aplicará la pena más grave y se condenará a resarcir la responsabilidad civil originada.

 

Negación a someterse a un control 

 

Este delito se refiere a la conducta de un conductor de vehículo a motor o ciclomotor que, cuando es requerido por un agente de la autoridad, se niega a someterse a las pruebas legalmente establecidas.  Estas pruebas son para comprobar las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

 

Este delito se considera de peligro abstracto, lo que significa que se consuma con la simple negativa a realizar las pruebas, independientemente de si el conductor realmente estaba bajo los efectos del alcohol o las drogas en ese momento.

 

Las penas por cometer este delito pueden ser una pena de prisión de seis meses a un año. Además, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período superior a uno y hasta cuatro años.

 

Conducción sin permiso de conducir 

 

El delito de conducir sin carné se refiere a la acción de estar al volante de un automóvil o ciclomotor sin poseer el permiso de conducir correspondiente. 

 

Las penas por conducir sin carné pueden variar y dependerán de las circunstancias específicas del caso. Algunas de las penas establecidas en el artículo 384 del Código Penal incluyen prisión de tres a seis meses. O multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

 

Conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás

 

Este tipo de delito es una forma agravada del delito de conducción temeraria explicado anteriormente. Castiga a aquellos conductores que realizan la conducta delictiva de conducción temeraria, pero lo hacen de manera especialmente imprudente, mostrando un desprecio evidente y extremo por la vida de otras personas.

 

Las penas por este delito son más graves que las del delito de conducción temeraria.  El conductor puede enfrentar una pena de prisión de 2 a 5 años, una multa económica y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de 6 a 10 años.

 

Este delito implica una conducta especialmente imprudente y peligrosa. Por ello, las penas son más severas y el juez no tiene discreción para suspender la pena de prisión si esta supera los 2 años. En estos casos, el condenado irá necesariamente a prisión.

 

Conducción bajo el efecto de drogas o alcohol 

 

El alcohol y las drogas son una de las principales causas por las que se producen accidentes en nuestras carreteras. Ante esta preocupante situación, no es de extrañar que esta infracción es una de las más castigadas. 

 

Conducir bajo los efectos de las drogas acarrea una pérdida de 4 a 6 puntos en el carnet de conducir. Además, una sanción económica de entre 500€ y 1000€.

 

La ley establece que la tasa máxima de alcohol permitida para conductores noveles y profesionales es de 0,15 mg/l en aire espirado. Para el resto de los conductores, la tasa máxima es de 0,25 mg/l, y si se supera los 0,60 mg/l, se considera un delito. En este sentido, cualquier presencia de otras drogas en el organismo también es motivo de sanción.

 

Cuando se supera el límite de 0,60 mg/l en aire respirado, la infracción se convierte en un delito. La conducción bajo los efectos del alcohol y otras drogas tiene un castigo similar al del exceso de velocidad que hemos mencionado anteriormente. Puede incluir una pena de prisión de 3 a 6 meses, una multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Además de la privación del carné de conducir por un período de 1 a 4 años. 

 

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