Conoce la Normativa para los VMP o VMU

Patinetes, monopatines, segways, son algunos de los nuevos medios de transporte VMP que ayudan a los peatones a desplazarse por el entorno urbano.

Desde Grupo Reclama sabemos que estas nuevas formas de moverse por la ciudad no solo aportan ventajas a la movilidad, sino también ciertos problemas y peligros. A continuación dedicaremos la entrada de hoy a tratar el tema en más profundidad.

¿Qué es un VMP?

Los VMP o Vehículos de Movilidad Personal aunque no pueden ser considerados vehículos de motor, sí quedan incluidos en la categoría de vehículos, ya que en definitiva se trata de aparatos aptos para circular por aquellas vías y terrenos que son utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios. Así mismo, a las personas que utilizan este tipo de vehículos no se les considera peatón, por lo que no deberían hacer uso de estos aparatos en las aceras o en otros espacios destinados al uso de peatones, exceptuando los casos en los que cada ayuntamiento, a través de sus ordenanzas, lo reflejase de forma expresa.

Dada  la rápida velocidad con la que avanza la tecnología, es difícil que la legislación  pueda adaptarse  a la misma velocidad y permitir al mismo tiempo regular eficazmente el uso de estos aparatos, reflejándolo en los principales reglamentos de vehículos y de circulación. Por ello, la Dirección General de Tráfico ha considerado necesario dictar la instrucción 16/V-124, donde trata de definir e incluir este tipo de aparatos.

Los tipos de VMP o VMU

Existen clasificados varios tipos diferentes de VPM, según se recoge en la instrucción 16/V-124 de la DGT:

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Estudiamos el caso de forma totalmente gratuita.

-Tipo A: Se trataría de aquellos VMP de pequeñas dimensiones, se incluyen en este apartado los patinetes eléctricos pequeños, rueda eléctrica y plataforma eléctrica. Su velocidad máxima es de 20 km/h. Su peso deberá ser menor o igual a 25 Kg.

-Tipo B: Se trataría de aquellos vehículos de movilidad personal de dimensiones mayores, incluyéndose en este apartado los patinetes eléctricos grandes y segways. Su velocidad máxima es de 30 Km/h. Tendrán un peso inferior o igual a 50 Kg.

-Tipo C0: Se trataría de los ciclos de más de 2 ruedas que se utilizan para uso personal. Tienen una velocidad máxima establecida de 45 Km/h y no podrán superar nunca los 300 Kg de peso.

-Tipo C1: Se trataría de aquellos ciclos con más de 2 ruedas que se utilizan para realizar transporte de personas. La velocidad máxima de estos no podrá superar los 45 Km/h. Su peso debe ser siempre inferior a 300 Kg.

-Tipo C2: Son los ciclos de más de dos ruedas que se utilizan para realizar transporte de mercancías. Su velocidad máxima será de 45 Km/h y tienen que pesar menos de 300 Kg.

Regulación de VMP y VMU

La edad mínima permitida para circular con un VMU (vehículos de movilidad urbana) por vías y espacios públicos es de 15 años, aunque siempre será necesario circular con diligencia y precaución, tratando de evitar daños propios o ajenos y respetando al resto de usuarios de la vía. Los menores de 15 años solo podrán usar los VMU cuando estos resulten adecuados para su edad, altura y peso. Así mismo los menores solo podrán utilizar los VMU fuera de las zonas de circulación, en espacios que se encuentren cerrados al tráfico y acompañados de sus progenitores o tutores.

Está prohibido circular con los VMU cuando las tasas de alcohol superen a las que están establecidas en la normativa general de tráfico, o bajo los efectos de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Asimismo también está prohibido circular escuchando música, con auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.

Además las personas que circulen utilizando uno de estos aparatos deberán cumplir siempre las normas de tráfico y circulación como el resto de los vehículos a motor. Recuerda también que  en los de tipos A y B los menores de 16 años deben de circular con casco obligatoriamente. Recomendándose su utilización para el resto. En los de los tipos B y C deben estar dotados de un timbre, luces y de elementos reflectantes que estén homologados.

¿Pueden los VMU circular por las aceras?

Los VMU tienen prohibido terminantemente circular por las aceras, así como por espacios exclusivos para el tránsito, la estancia o el esparcimiento de los peatones. Tampoco tienen permitido circular por los carriles bus.

Los patinetes eléctricos pueden circular por ciclo calles, por los carriles bici, pistas bici, por la calzada de calles integradas dentro de las zonas 30, respetando la prioridad del peatón, y por las calles en que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea de 30 km/h, siempre que la anchura del vehículo lo permita en condiciones de seguridad. La circulación de estos vehículos por las calzadas se realizará siempre por la parte central del carril.

Los Patines, Monopatines y Patinetes sin motor

Los patines y patinetes sin motor, monopatines o aparatos similares sin propulsión motorizada podrán transitar por las aceras y demás zonas peatonales a una velocidad adaptada al paso de persona que no exceda los 5 kilómetros por hora, evitando en siempre causar molestias o crear algún peligro, pero en ningún caso tendrán prioridad respecto de los peatones.

También podrán circular por carriles bici protegidos o no, aceras-bici, sendas ciclables, pistas-bici y ciclo calles exclusivas para la circulación de bicicletas. En los parques públicos, circularán exclusivamente por aquellos itinerarios en los que esté permitida la circulación de bicicletas. En el supuesto de que se tratase de sendas compartidas con el peatón, se limitará su velocidad de circulación a 5 km/h, respetando en todo momento la prioridad de los peatones. En ningún caso podrán transitar por zonas ajardinadas.

En aquellos  carriles bici no protegidos, únicamente podrán circular los mayores de 16 años o menores acompañados de supervisión de un adulto. Las personas que circulen con patines, patinetes sin motor, monopatines o aparatos similares por vías ciclistas habilitadas sobre las aceras o áreas peatonales, aceras-bici y sendas ciclables deberán hacerlo con precaución, previendo una posible irrupción de peatones y, muy especialmente, de niños, de personas mayores con movilidad limitada o de personas con diversidad funcional, así como mantener siempre una velocidad moderada nunca superior a los 10 km/h y respetar en todo momento la prioridad de paso peatonal en los cruces señalizados.

Desde Grupo Reclama te aconsejamos utilizar este tipo de nuevos vehículos urbanos VMP o VMU con la máxima precaución,  respetando siempre a los  peatones y circulando a una velocidad adecuada  para evitar cualquier tipo de accidente. Sin embargo, si sufriste un accidente causado por uno de estos vehículos o para saber si puedes reclamar tu indemnización por accidente con patinete, no dudes en contactar con nosotros para comentarnos tu caso.

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