Las multas en el extranjero

Ni los europeos que visitan España, ni aquellos españoles que viajan a otro país del espacio europeo se libran de pagar las multas en el extranjero. Es importante conocer la verdad sobre la legislación a este respecto y derribar el falso mito de que las multas en el extranjero como consecuencia de haber cometido alguna infracción, no hay que pagarlas o que no nos llegan.

A continuación en Grupo Reclama te contamos más al respecto sobre este interesante y controvertido tema.

Colaboración Europea

 

Seamos claros, actualmente en Europa, y gracias a la colaboración entre la DGT y las diferentes jefaturas de tráfico de los países miembros, las multas en el extranjero terminarán por llegar a tu casa, por lo que si has cometido una infracción sensible de ser sancionada, tendrás que afrontar sus consecuencias.

Desde el 6 de mayo del año 2015 se encuentra en vigor en España la directiva comunitaria 1011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, del 25 de octubre de 2011, por la que se facilita el intercambio fronterizo de información sobre las infracciones de tráfico en materia de seguridad vial. Esto, en otras palabras, permite la colaboración entre estados miembros del espacio Europeo, por lo que aquellos conductores que cometan infracciones más alla de sus propias fronteras, no podrán librarse de las multas en el extranjero.

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Todos los países de la Unión Europea, aplican por tanto y como hemos dicho con anterioridad, el intercambio transfronterizo de información sobre las infracciones de tráfico, con la excepción de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca.

Las infracciones sancionables

Pese a esta colaboración entre países de la comunidad europea, el sistema dista mucho de ser perfecto aunque goza de un alto grado de compromiso y mejora. En la actualidad, sin embargo, el intercambio de datos es bastante limitado y se reduce a los términos relativos a ocho tipos de infracciones:

  • Exceso de velocidad.
  • No utilizar el cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados.
  • No detenerse ante un semáforo o señal de STOP.
  • Circular por un carril prohibido o por un carril reservado a determinados usuarios.
  • Conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas.
  • Conducir bajo los efectos de estupefacientes, estimulantes o cualquier otra sustancia similar.
  • No utilizar el casco de protección en el caso de las motos.
  • Usar el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo mientras se conduce.

Como puedes apreciar, las infracciones susceptibles de ser sancionadas fuera del territorio español son muchas, por ello desde Grupo Reclama te instamos a respetar siempre y en todo lugar las normas de circulación, incluidas la de aquellos países europeos a los que tengas pensado desplazarte, que puedes consultar en la página de la Comisión Europea de Transportes.

Desde Grupo Reclama estamos a tu disposición, no lo dudes y contacta con nosotros tanto si sufriste un accidente en el extranjero como si recibes una multa por una infracción que consideras no se corresponde con la realidad. Recuerda que en Grupo Reclama somos profesionales y nos encargaremos de tu caso y de todas las consideraciones legales derivadas del mismo.