La Indemnización por Accidente y Hacienda

Hoy desde Grupo Reclama abordaremos el tema de Indemnización por Accidente y su declaración ante Hacienda, además y siempre con la intención de ayudarte, responderemos a muchas de las dudas más frecuentes que pueden asaltarte respecto a este tema.

¿Tributa o no tributa una indemnización por accidente?

Las indemnizaciones por accidente, independientemente de su importe o los motivos de su naturaleza, es siempre una cantidad de dinero recibido, por lo que llegada la hora de presentar la Declaración de la Renta es frecuente que te asalte esta duda: ¿Debo declarar este importe o no?

Las indemnizaciones percibidas por un perjudicado en un accidente se encuentran exentas de ser declaradas hasta alcanzar aquella cuantía establecida por la ley o por un juez. Tal y como se establece en el artículo 7d de la Ley del IRPF 35/2006 del 28 de noviembre.

Por tanto, esto significa que, el importe que un juez determine o el que se estableciera por vía de decreto, convenios, reglamentos u otro tipo de documentos jurídicos, se encuentra exento de tributación. Sin embargo, aquella cuantía que supere este importe establecido sí que deberá ser tributada.

En la actualidad, casi todas las indemnizaciones por accidente se encuentran exentas de pagos a Hacienda, ya que solo una escasa proporción de ellas llega a superar la cantidad establecida por la ley, por las administraciones o por otros organismos competentes.

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Cuando tu indemnización supera la cuantía establecida

Cuando la indemnización del accidente sea superior a los baremos establecidos por la ley o a cuando así se indicara formalmente en una sentencia judicial, siempre deberás tener la cantidad percibida en cuenta a la hora de hacer tu Declaración de la Renta. Sin embargo, debes saber que en estos casos no se tendrá en cuenta el total de dicha indemnización, sino simplemente aquella parte que superase la cuantía establecida. Dicha cantidad deberás declararla como una ganancia no derivada de trasmisión de elemento patrimonial.

Por tanto, este importe que excede y que debes declarar como ganancia patrimonial, entrará a formar parte de tu base imponible como declarante y tributará según el gravamen que le corresponda.

La indemnización obtenida como consecuencia de un accidente no se considera una ganancia para el perjudicado, sino que se trata de una compensación por una pérdida, es por ello por lo  que no existe la obligación de tributarla, ya que en definitiva no puede entenderse como una ganancia al uso. Por lo tanto podemos decir, que son muy pocas las ocasiones en las que un afectado tendrá la obligación de tributar una indemnización por accidente, pero en el caso de que te surjan algunas dudas o te consideres disconforme con la obligación de tributar, siempre será aconsejable buscar asesoramiento profesional, como el que te ofrecemos desde Grupo Reclama.

Si has sufrido un accidente y pretendes reclamar una indemnización o consideras que la indemnización por accidente que has percibido es menor de lo que en justicia te correspondería, no lo dudes y contacta con nosotros. En Grupo Reclama estamos para ayudarte.

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