Pasos a seguir tras accidente de tráfico

Desde Grupo Reclama queremos una vez más hacer hincapié en el respeto a las normas de circulación y a la conducción responsable, por eso dedicaremos la entrada de hoy a ofrecerte una serie de consejos y actuaciones a tener en cuenta cuando se producen accidentes de tráfico.

Después del accidente, ¿Cómo debes actuar?

Cuando se produce un accidente, son el conductor del vehículo causante del accidente de tráfico y la entidad aseguradora del mismo, sobre quienes recae la obligación de indemnizar a todos los perjudicados por los daños que hubieran sufrido a consecuencia del siniestro, sin embargo es de suma importancia que sepas como proceder inmediatamente después de que se produzca el accidente, ya sea para evitar problemas posteriores, minimizar los daños e incluso salvar vidas:

  1. Avisa a la Guardia civil y la Policía y acude posteriormente al hospital: Los agentes de la autoridad levantaran un atestado recogiendo lo sucedido, que será un documento de gran importancia frente a la posibilidad de realizar una futura reclamación. Tras realizarse el atestado y el correspondiente parte de accidente, será necesario que acudas al hospital sobre todo en el caso de que hayas sufrido lesiones, para que así los facultativos emitan un parte de lesiones. Si una ambulancia acude al lugar del accidente y la asistencia sanitaria se produce inmediatamente en el lugar, también existirá un parte de ambulancia que debes obtener.
  2. Informa a la aseguradora y procede con tu reclamación: Si resultaras el culpable del accidente, deberás informar del mismo a tu aseguradora en el menor plazo de tiempo posible. Con frecuencia este plazo queda recogido en las pólizas de seguro y se reduce a siete días desde que se produjeron los hechos. En el caso de que no fueras culpable del accidente, pero resultaras el perjudicado y hayas sufrido lesiones físicas o daños materiales, tanto tu como tus posibles herederos dispondréis de hasta un año para reclamar la indemnización.
  3. La oferta motivada de la aseguradora: La aseguradora tiene la obligación de presentar una oferta motivada de indemnización en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la reclamación por accidentes de tráfico. En esta oferta debe estar detallada la indemnización que te ofrezca, contabilizando por supuesto aquellos daños personales y materiales que puedas haber sufrido.
  4. Comprueba si tu póliza de seguro dispone de cobertura de defensa jurídica: Si dispones de cobertura de defensa jurídica en tu póliza, cuya especificación debería constar cerca del final donde quedan recogidas las condiciones de la póliza, podrás solicitar a la aseguradora que sean ellos. La cobertura de defensa jurídica también te permitirá la opción de contratar los servicios de abogados externos a la compañía de seguros que velen mejor por tus intereses, siendo esta última la que deberá hacer frente a los honorarios del abogado particular que hubieras elegido.
  5. Siniestro total: En caso de que tu vehículo sea declarado siniestro total, existen dos modos de resarcirte por los daños. La primera es la reparación del viejo vehículo restituyéndolo a su estado anterior previo al accidente. Puedes solicitar este supuesto cuando la aseguradora accede a pagar la factura del mecánico. La segunda es una indemnización de acuerdo al valor venal o de mercado del vehículo en cuestión, según los años que este tuviera, y de acuerdo a lo recogido en las condiciones de la póliza de seguro.
  6. La cobertura por los daños propios: Si tu seguro está suscrito a todo riesgo, tienes la posibilidad de solicitar a la aseguradora una indemnización por el siniestro, incluso cuando la culpa del accidente de tráfico haya sido tuya. Con frecuencia las pólizas de seguro incluyen una cláusula donde se establece este tipo de indemnización, que consistirá en el valor venal del vehículo o bien en el valor del vehículo según la oferta y demanda del mercado.
  7. Indemnización por los perjuicios causados por el accidente: Tras sufrir un accidente de tráfico siempre puedes reclamar una indemnización por los daños y perjuicios que te hubiera causado, ya sean estos personales o cuando causen la imposibilidad de utilizar el vehículo durante un periodo de tiempo, por ejemplo.
  8. La respuesta motivada de la aseguradora: Si la aseguradora no quiere hacerse cargo de la indemnización que te corresponda, por el motivo que sea, deberá siempre facilitar una respuesta motivada y fundamentada acerca de la razón que le impide realizar la oferta de indemnización. En este caso podrás proceder a reclamar todos los daños y perjuicios ante la vía civil, a lo que se habrán de sumar los intereses calculados conforme al art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
  9. Los pasajeros en los accidentes de tráfico: Si sufrieras un accidente viajando como pasajero en uno de los vehículos accidentados, deberás denunciar a los conductores de ambos vehículos y a sus correspondientes seguros para poder recibir la indemnización que te corresponda, ya que no debes olvidar que el conductor de un vehículo responde de lo que le ocurra a todos los pasajeros que transporte.
  10. Futuras reclamaciones: Debes tener muy presente, que el pago de la indemnización contenida en la oferta motivada de la aseguradora no puede condicionarse a la renuncia por parte del perjudicado de su ejercicio de futuras acciones. Esto quiere decir que si consideras que la indemnización ofertada es sensiblemente menor a lo que realmente te pueda corresponder, el seguro no puede obligarte a renunciar en ningún caso a la posibilidad de ejercer tu derecho a una futura reclamación.

Desde Grupo Reclama sabemos que los accidentes de tráfico pueden llegar a causarte daños personales y materiales de consideración, por eso queremos ayudarte a que puedas hacer prevalecer tus derechos y obtengas la indemnización que en justicia te corresponde. Contacta con nosotros en caso de accidentes de tráfico y deja el asunto en manos expertas en la materia.

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