indemnización por latigazo cervical

Una indemnización por latigazo cervical… ¿Cuánto se cobra?

La pregunta más común que nos suelen hacer nuestros clientes nada más que contactan con nosotros, y es lógico, por norma general, durante el proceso de rehabilitación suele compaginarse con la baja laboral (no siempre, pero es muy común) y cuando uno se encuentra de baja laboral, el ingreso por parte de la empresa normalmente es inferior (se viene cobrando un 75%, pero el Convenio Colectivo puede modificarlo).

La indemnización por latigazo cervical a consecuencia de un accidente, son en general, las más reclamadas por los usuarios y asegurados, puesto que se trata de una de las secuelas más comunes en un accidente de tráfico.

Un  esguince cervical suele ser, por desgracia, una de las consecuencias más comunes de un accidente de tráfico, y en cualquier choque o percance con el automóvil, nuestra cabeza sufrirá movimientos involuntarios, hacia delante y hacia atrás, hasta que se produzca un daño en el cuello y posiblemente, cualquier víctima de latigazo cervical tenga que hacer uso de un incómodo collarín y de una larga rehabilitación.

La buena noticia es que se puede reclamar una indemnización por latigazo cervical

Si bien es cierto que cada vez resulta más complicado y más difícil de demostrar con partes médicos, y de cobrar por día de rehabilitación, aunque legalmente es posible, es más, es exigible al cien por cien.

¿Qué es un latigazo cervical y cómo se puede producir?

Se trata de una lesión de las vértebras cervicales, que se produce cuando a consecuencia de un choque, la cabeza se mueve de forma violenta e incontrolada, hacia atrás y hacia adelante, produciéndose entonces una lesión en el cuello.

Deja tu indemnización en nuestras manos

Estudiamos el caso de forma totalmente gratuita.

El latigazo cervical es una de las dolencias más comunes cuando se tiene un accidente de tráfico.

El esguince cervical es doloroso y molesto, y obliga a pasar un determinado tiempo de rehabilitación, con collarines cervicales, lo cual también resulta bastante incómodo y desagradable.

Para muchos pacientes que alguna vez en su vida han sufrido un latigazo en las cervicales, éste es, según diversas opiniones médicas, muy fácil de diagnosticar, pero al mismo tiempo es difícil de demostrar, con informes médicos, que el paciente sufrió un esguince cervical a consecuencia de un golpe brusco.

En muchas ocasiones, las compañías aseguradoras lo que hacen es peritar los daños reales que se han producido en el vehículo, y si no los consideran especialmente graves, porque el accidente se produjo a baja velocidad, por ejemplo, ponen muchos problemas para pagar indemnizaciones por esguince cervical.

En cualquier caso, ya se trate de un accidente grave, medio o bajo, las opiniones médicas, en su mayoría, dicen que esta lesión es la misma para todos los que la han sufrido, con independencia de la gravedad del accidente.

Es molesta, dolorosa y requiere de rehabilitación. Por tanto, es aconsejable reclamar a la compañía de seguros la indemnización correspondiente por día de rehabilitación.

Reclamación de indemnización por latigazo cervical

ndemnizacion-por-latigazo-cervical
indemnización por latigazo cervical

Al problema de tener que demostrar, con informes médicos, que tenemos una lesión cervical hay que añadirle las nuevas trabas que entraron en vigor con la reforma del Código Penal, en el año 2015, así como el Baremo de valorización.

Ya no se trata de una cuestión demostrable a nivel médico, que lo es, sino que hay que demostrar que la colisión fue en la parte trasera del automóvil (la mayoría de los latigazos cervicales se producen de esta forma) y que efectivamente el accidente fue causa de este esguince.

Además, la valoración de los daños en el organismo (en este caso por esguince cervical) varía de un médico a otro.

Las aseguradoras son muy reticentes a pagar daños por esguince cervical, y se trata de una de las lesiones peor valoradas y, por descontado peor pagadas de todas las que puedan producirse si sufrimos un accidente de tráfico.

Cualesquiera que sean las lesiones producidas por accidentes de tráfico, es absolutamente recomendable leer con atención el artículo 135 del nuevo Baremo de Tráfico para poder reclamar las correspondientes indemnizaciones por esguince cervical.

El mencionado artículo  es una “imposición” de las compañías aseguradoras, en la que se especifican con detalle y de forma exclusiva las lesiones menores de la columna, y hay una serie de requisitos muy específicos y detallados, que se deben demostrar para valorar si la lesión cervical es susceptible de indemnización.

Requisitos legales para demostrar que sufrimos un latigazo cervical debido a un accidente

Los nuevos requisitos legales del Baremo de Tráfico son de absoluto cumplimiento si se desea reclamar indemnización por esguince cervical, y son los siguientes:

  • Acudir a urgencias en las 72 horas posteriores al accidente. Es un requisito obligatorio que puede suponer un gran problema para lesiones más leves, ya que los dolores y molestias se pueden empezar a manifestar o agravarse con posterioridad a las 72 horas establecidas.
  • El diagnóstico y las pruebas médicas deben ser absolutamente concluyentes, en el sentido de que se debe demostrar, ante la aseguradora, que el latigazo cervical se produjo como consecuencia de un choque.
  • Es también exigible que exista lo que las compañías aseguradoras llaman “criterio de intensidad”, es decir, que los daños materiales hayan sido lo suficientemente graves como para justificar la existencia de un latigazo cervical por el que el asegurado tenga derecho a reclamar.

Cómo reclamar indemnizaciones por esguince cervical y a cuánto asciende el monto económico

Es muy importante solicitar, además de los informes médicos, pruebas médicas complementarias para poder reclamar la indemnización por latigazo cervical, como por ejemplo radiografías o resonancias. También es importante obtener una baja laboral (aunque también es posible obtener una indemnización incluso sin baja laboral) que en casos medios rondaría los 30 días de duración hasta la recuperación del paciente.

La indemnización a cobrar dependerá, en cualquier caso, de los días de rehabilitación que serán necesarios para recuperarse del latigazo cervical, que va acompañado, en la mayoría de los casos de mareos, pérdidas de equilibrio, dolor intenso y náuseas, cuestiones que deben recogerse con detalle en el informe médico a presentar a la compañía aseguradora, para poder reclamar la indemnización pertinente.

Según diversos estudios médicos y de compañías aseguradoras:

  • Los esguinces cervicales leves que no han requerido baja laboral pero sí una exhaustiva rehabilitación, se han llegado a indemnizar con hasta 2.000€.
  • Los esguinces cervicales moderados o graves, pueden alcanzar la cantidad de 7.000 o de 8.000€.

Se trata, por consiguiente, de una indemnización a la que cualquier persona que sufra un accidente debe aspirar y reclamar.

Lo importante es leer bien a qué tenemos derecho, solicitar las pruebas médicas pertinentes y reclamar la correspondiente indemnización, porque tendremos que incurrir en gastos médicos puntuales, y  porque es un derecho de todos.

¿Cuánto se cobra por día de rehabilitación?

Con esta tabla puedes calcular el importe y saber cuanto se cobra por día de rehabilitación:

Tipo de perjuicio:2016201720182019
Básico30 €30,075 €30,15 €31,05 €
Moderado52 €52,13 €52,26 €53,81 €
Grave75 €75,18 €75,37 €77,61 €
Muy grave100 €100,25 €100,50 €103,48 €

Contacta con nosotros sin compromiso

  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.